El ser humano, en muchos casos físicamente más débil, ha alcanzado un lugar hegemónico ante todos los animales del planeta Tierra. En ese ascenso antropológicamente se ha demostrado el lugar primigenio de la colaboración, que ha tenido ya en el Estado a través del tiempo y cada vez más en la actualidad, un efectivo mecanismo no sólo para el propio progreso humano, sino para la más precisa y responsable protección de todo el planeta.
El problema principal que dificulta hoy tan trascendentes propósitos está asociado al aun gran peso del individualismo que intenta desconocer en la práctica, de que es imposible ese avance al margen del carácter social del ser humano.

¿A partir de tantas experiencias y hechos vividos en el país, qué tanto el liderazgo nacional ha estado realmente comprometido con el avance social más allá de los intereses personales o sectoriales?

La pregunta se comprende mejor al referirla al Régimen Subsidiado del Sistema Dominicano de Seguridad Social.

Eso así por cuanto si hay una oportunidad para transformar la vida de los más vulnerables de la sociedad dominicana, una elevada proporción de esas respuestas han de referirse a esa población objeto de la ley. Además que se han definido en la misma efectivos mecanismos para hacer realidad un cambio profundo en sus condiciones de vida. Más, o es que no es tan fuerte el compromiso del liderazgo político, empresarial, sindical y de la llamada sociedad civil, o no se entiende esa como una vía efectiva.

Sólo comparar los servicios de salud que recibe la población objeto del Régimen Subsidiado frente al Régimen Contributivo y podrá verificarse la gran inequidad que no se resuelve- como se sabe- sólo con la entrega de un carnet de “afiliado” al Seguro Familiar de Salud-SFS- , o al considerar las posibilidades de una vejez mínimamente digna entre otros beneficios de una ley que se propone “proteger” a esa población vulnerable.

Y es que el acápite b del artículo 7 de la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social establece un Régimen Subsidiado que: “ Protegerá a los trabajadores por cuenta propia con ingresos inestables o inferiores al salario mínimo nacional, así como a los desempleados, discapacitados e indigentes, financiado fundamentalmente por el Estado dominicano”.

La revisión integral de la Ley 87-01 que se ha anunciado tiene en el Régimen Subsidiado la oportunidad de probar esta vez que una ley de esa dimensión no es otra forma de hacer lo mismo; sino la ocasión para también poner al Estado al servicio de los más vulnerables. No deben ser sólo palabras.

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