En la República Dominicana se ha avanzado en materia de control social, ya que, los asambleístas de 2010, incluyeron en la Constitución, mecanismos para que las personas ejerzan el control social con relación a la formulación, implementación y evaluación de políticas públicas. En ese sentido, en el artículo 246 de la Ley Sustantiva, se establece que:

“El control y fiscalización sobre el patrimonio, los ingresos, gastos y uso de los fondos públicos se llevará a cabo por el Congreso Nacional, la Cámara de Cuentas, la Contraloría General de la República, en el marco de sus respectivas competencias, y por la sociedad a través de los mecanismos establecidos en las leyes”.

En este contexto, mediante veeduría pública, las personas tienen la oportunidad de participar de manera activa en la fiscalización y control de los fondos públicos. En ese mismo orden, en el Congreso Nacional, hay un proyecto de ley Orgánica sobre Derechos de Participación Ciudadana y Mecanismos de Control Social, estableciendo en el artículo 1, que el objeto es: “Regular y garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de participación ciudadana y los mecanismos de control social establecidos por la Constitución de la República”.

Esta norma define los mecanismos de control social, en el numeral 12 del artículo 5 de la siguiente manera:

“Son instrumentos establecidos para la intervención de los ciudadanos en las políticas de la Administración Pública, como medio de participación y supervisión de la gestión pública”.
En ese tenor estos componentes de control social, también son descritos en el artículo 6, de la citada normativa, como: acceso a la información pública, vistas públicas, derecho de petición, consultas populares, veedurías ciudadanas, comisiones de auditoría social, observatorios, demanda en rendición de cuentas, y denuncia de faltas.

Por tales razones como el lector podrá advertir, estos mecanismos de control social, son una derivación de lo postulado en el artículo 246 de la Ley Suprema. Esto implica, un importante paso de avance en esta materia.

En síntesis, es necesario que los legisladores aprueben el proyecto ley orgánica sobre derechos de participación ciudadana y mecanismos de control social, norma, que contribuirá de manera significativa a mejorar los mecanismos de control interno y externo que existen en la República Dominicana. Además, brindará a las personas, la oportunidad de contribuir con su accionar al fortalecimiento de la institucionalidad, calidad de la democracia y mejora de la calidad del gasto público.

Posted in Opiniones

Más de opiniones

Más leídas de opiniones

Las Más leídas