Cuando entró en vigencia el Código Procesal Penal en el año 2004, la República Dominicana contaba con 12,000 personas privadas de libertad, más de dos décadas después las cifras superan el doble de este número, pues datos de mayo de este año revelan 25,878 internos en total. Con casi el doble también respecto a la capacidad del sistema penitenciario, que revela niveles de hacinamiento alarmantes, entró en vigencia el pasado mes de agosto el nuevo Código Penal con penas de hasta 40 años de prisión y cúmulo de infracciones hasta los 60 años.
Las luces del Código Penal se han ido resaltando en esta misma columna, por lo que hoy toca poner nombre y apellido a este fenómeno respecto al aumento de las penas, esto es populismo penal puro y duro. Eduardo Jorge Prats utiliza como definición de populismo penal la estrategia de resolver los problemas de inseguridad ciudadana “calmando” el clamor popular con aumento de penas, disminución de la edad de imputación juvenil y otras reformas asociadas que, a la hora de su implementación, no producen un impacto real en la prevención y disminución del delito.
Así las cosas, con el nuevo Código Penal, el legislador decidió responder al fenómeno de la criminalidad endureciendo, desmesuradamente, las sanciones, dejando de lado las circunstancias sociales, económicas y estructurales que le rodean, mecanismo que no representa una respuesta real sino un puro simbolismo.
Aunque algunos sectores celebran el endurecimiento de las penas como un avance, el fondo de este asunto revela lo contrario, ¿Con el doble de personas privadas de libertad que hace 20 años podemos afirmar que existe alguna reducción en la criminalidad? La respuesta es un no rotundo. Los legisladores fallaron en el diagnóstico social que debe preceder a un cambio trascendental como el operado con la Ley 74-25, es más fácil (y popular) prometer a la ciudadanía “mano dura” que diseñar una política criminal basada en información, evidencia y un plan de acción. Ya lo decía hace muchos años la magistrada emérita del Tribunal Constitucional, Katia Miguelina Jiménez, al señalar que el endurecimiento de las penas era una estrategia más rentable políticamente que jurídicamente.
La ausencia de proporcionalidad y razonabilidad en muchas de las sanciones del texto penal y las reducidas escalas que impiden al juez moderar el castigo con atención a las circunstancias concretas, se unen a la finalidad de las penas que, según la Constitución, es la reinserción social, imposible en las circunstancias actuales.
La alternativa al populismo penal no es la barbarie ni ningún sistema abolicionista, es invertir la lógica, fijarnos en los países que han logrado bajar los índices de criminalidad de forma sostenida. ¿Qué hicieron estos países? ¿Dónde invirtieron recursos? Nuestro país sigue reaccionando a situaciones y olvidándose completamente de la prevención y la educación.
El derecho penal no puede cambiar una sociedad, el 6 de agosto de 2026 no amanecimos con ciudades más seguras, con índices de delincuencia por los suelos ni nada parecido, creer esto es puro populismo y en unos años veremos los resultados de esta errada estrategia, cuando el número de privados de libertad y los índices de criminalidad sigan creciendo a la par.
