La gestión pública en el Siglo XXI requiere de la utilización de nuevas herramientas de formulación, planificación e inversión de los fondos públicos. En ese sentido, el Presupuesto por Resultados constituye un elemento fundamental para la formulación, ejecución e implementación de políticas públicas, para hacer operativo los postulados en la cláusula del Estado Social y Democrático de Derecho.

El Presupuesto por Resultados se define:

“como un nuevo instrumento y estrategia utilizada en la gestión pública del siglo XXI, como metodología idónea y eficaz para la asignación de recursos a las instituciones públicas en el Presupuesto General del Estado referente a los bienes y servicios denominados productos, para lograr obtener un resultado en beneficio de la población, tomando en consideración las características básicas de este instrumento como lo es la medición”.

La base axiológica del Presupuesto por Resultados está contenida en el artículo 217 de la Ley Sustantiva, describiendo que:
“El régimen económico se orienta hacia la búsqueda del desarrollo humano. Se fundamenta en el crecimiento económico, la redistribución de la riqueza, la justicia social, la equidad, la cohesión social y territorial y la sostenibilidad ambiental, en un marco de libre competencia, igualdad de oportunidades, responsabilidad social, participación y solidaridad”.

En ese mismo orden, en el artículo 238 de la Ley Suprema prescriben los criterios para la asignación del gasto público, entre ellos:

“Corresponde al Estado realizar una asignación equitativa del gasto público en el territorio. Su planificación, programación, ejecución y evaluación responderán a los principios de subsidiaridad y transparencia, así como, a los criterios de eficiencia, prioridad y economía”.

En adicción a lo preceptuado anteriormente, hay que hacer referencia a lo establecido en la Ley 498-06, de Planificación e Inversión Pública, la cual prescribe en el artículo 1, lo siguiente:

“El Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública está integrado por el conjunto de principios, normas, órganos y procesos a través de los cuales se fijan las políticas, objetivos, metas y prioridades del desarrollo económico y social evaluando su cumplimiento”.

Asimismo, el artículo 24 de la ley in comento, establece que la vinculación de la planificación en la formulación, ejecución y evaluación del Presupuesto General del Estado, al establecer que: “La Planificación comprende los procesos de formulación, coordinación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas, orientadas a la promoción del desarrollo económico y social sostenible con equidad”.

En síntesis, como el lector podrá advertir lo preceptuado precedentemente, la implementación y ejecución del Presupuesto por Resultados, está estrechamente vinculada a los principios rectores del régimen económico, la planificación e inversión pública.

Por las razones expuestas, la formulación del Presupuesto General del Estado, fundamentado en los criterios del Presupuesto por Resultados, contribuye de manera significativa a operativizar la cláusula del Estado Social y Democrático de Derecho. Además, tiene un impacto positivo en la calidad del gasto, potencializa el cumplimiento de los fines del Estado, la satisfacción del interés general y la calidad de vida de las personas.

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