El 10 de octubre es el día mundial contra la pena de muerte, adoptado así por la Coalición Mundial contra la Pena de Muerte.

Al momento del nacimiento de la República Dominicana en 1844, como una herencia del derecho francés, la pena de muerte era la más severa de las sanciones establecidas (Artículo 7 del Código Penal). La Constitución de entonces no la prohibía. Aunque luego fue paulatinamente desapareciendo hasta llegar a su prohibición absoluta.

El primer paso se da con la Constitución de Moca de 1858 que la abolió para los casos de naturaleza política (Artículo 15). Además, la mayoría de las reformas constitucionales del siglo XIX prohibieron su imposición para estos casos.

Sólo las constituciones de 1872, 1875, 1877 y la de 1881 no hicieron esa salvedad y quedó así la pena capital totalmente restituida; mientras que la Constitución de 1878 la abolió de manera general (artículo 11.1) y fue la primera en concebir la fórmula que prevalece actualmente.

La proscripción absoluta y definitiva se da en el siglo XX. En efecto, la Constitución de 1907 (artículo 9.1) prohibió la pena de muerte para todos los casos y en ese mismo año se produjo la última ejecución de tal naturaleza.

La Constitución de 1908 retomó la fórmula que limitaba la prohibición de la pena de muerte a los delitos de carácter político (Artículo 6.17).

Finalmente, en el año 1924, por mandato constitucional, fue abolida la pena de muerte de manera definitiva (Artículo 7.1). La Ley 64, de ese mismo año, la sustituyó por la de 30 años de Trabajos Públicos. La fórmula asumida por esa Constitución -palabras de más o de menos- se ha mantenido vigente hasta nuestros días.

La República Dominicana, fue uno de los primeros países americanos en abolir la pena capital, adelantándose incluso a los movimientos abolicionistas llevados a cabo mediante sendos protocolos aprobados por la ONU en 1989 y por la OEA en 1990 cuyos países firmantes (y República Dominicana lo es) se comprometieron a no restituirla.

En junio del 2024, se cumplirán cien años de su abolición total. En esa oportunidad, tanto los que creemos que la vida sólo puede ser quitada por la voluntad de Dios, como quienes la defienden tan sólo por creer en la defensa de las libertades públicas, celebraremos con júbilo la llegada de un siglo de proscripción de la pena de muerte.

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