En julio de 1954, el Sumo Pontífice Pio XII acordó con Rafael Leónidas Trujillo, en calidad de plenipotenciario designado por el entonces Presidente, su hermano Héctor Bienvenido, la firma de un Concordato por el cual se dispuso, entre otras cosas, que la religión Católica sea la religión oficial de nuestro país con derechos y prerrogativas que, de acuerdo al texto, le corresponden en conformidad con “la Ley Divina” y el Derecho Canónico.

Algunos de los artículos más controversiales del acuerdo establecen privilegios en favor de la Iglesia Católica, como el que especifica que el Estado le reconoce carácter de sociedad perfecta y le garantiza el libre y pleno ejercicio de su poder espiritual y jurisdicción, así como el libre y público ejercicio del culto.

También, en otro artículo de similar naturaleza dice que “la Santa Sede podrá sin impedimento promulgar y publicar en la República Dominicana cualquier disposición relativa al gobierno de la Iglesia y comunicarse con los prelados, el clero y los fieles del país”.

Grupos cívicos y personas que practican otras religiones, especialmente los evangélicos y protestantes, se sienten discriminados por este contrato y piden su anulación. Y es lógico que así sea porque ya no estamos en la era de Trujillo, no podemos prolongar en el tiempo sus injusticias y sin lugar a dudas el Concordato es una de ellas.

Además, se cuestiona la constitucionalidad de un acuerdo que impone una religión a un país cuya Constitución es en principio neutral ante todas las religiones.

Por otro lado, recientes crímenes cometidos por eclesiásticos católicos han revivido una vieja discusión porque el documento permite que a estos delincuentes se les otorgue un trato especial al requerir que para ser procesados, como tienen carácter diplomático en el país, sean previamente destituidos por el Vaticano. Por ello, en todas las encuestas que se han realizado sobre el tema la mayoría de los dominicanos tienen una reacción que no debe sorprender: Pedir la ruptura definitiva de este contrato.

Las causas de derogación de un Concordato son varias. Entre ellas la denuncia de una de las partes, la imposibilidad de cumplir con lo pactado o la falta de objeto por haber variado las circunstancias que dieron lugar al mismo. Es decir que resulta fácil para el Gobierno liberarse de esto, ya que prácticamente se configuran las tres causales expuestas.

El Concordato es excluyente, incluso represivo en temas puntuales como el matrimonio y el divorcio, obsoleto e impracticable ya en muchos aspectos por los mismos católicos y desde hace décadas es necesaria al menos su revisión.

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