Acusado Oisoe se habría enriquecido de forma ilícita

El exencargado del Departamento de Edificaciones Escolares de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (Oisoe), Alejandro Isidoro de los Santos Serrano, se habría enriquecido mediante la adquisición de bienes derivados de actividades&#8

El exencargado del Departamento de Edificaciones Escolares de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (Oisoe), Alejandro Isidoro de los Santos Serrano, se habría enriquecido mediante la adquisición de bienes derivados de actividades delictivas.Se trata de por lo menos un apartamento ubicado en el Condominio Residencial Escorial Tower del Distrito Nacional, adquirido el 3 de marzo del año 2015 por un monto de 3,600,000 pesos y un vehículo Honda CRV-VEX 4×4, año 2014 de color negro.

Así se detalla en la acusación presentada por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), en la cual se establece que Alejandro de los Santos se habría asociado a Yoel Soriano Fabián, Julio Rafael Pérez Alejo y Juan Ernesto Romero Pérez para apoderarse de las obras que los ingenieros obtenían mediante sorteo.

Reza el documento que los imputados incurrieron en asociación de malhechores, exigiendo la cesión de partidas de construcción de obras e intimidando mediante la extorsión, con intervenir obras y para ello se valían de la posición relevante que ocupaban en la Oisoe.

Durante la investigación, que sigue su curso, se determinó además que Alejandro de los Santos habría usurpado el título de arquitecto y que ejercía de manera ilegal dicha profesión, logrando ocupar un cargo que exigía el perfil de arquitecto o afín.

“Ocupó el cargo desde el año 2012 hasta su renuncia en día 04 del mes de agosto del año 2015; sin estar investido para ello y sin ser profesional de esa disciplina; además tampoco se encontraba graduado de universidad alguna y tampoco estaba inscrito en el Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores”, se explica en la acusación.

La Pepca asevera en el expediente, de unas 77 páginas, que esta conducta del imputado de usurpar una profesión encuentra su sanción en las disposiciones de los artículos 258 del Código Penal Dominicano y 8, 9, 20, 23 y 24 de la Ley N.° 6200. 

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