El voto con doble rayado

Cuando dos partidos concurren aliados, si el elector o electora marca en los dos recuadros lógicamente el voto es válido, porque evidentemente quien sufraga así, lo hace entendiendo que está votando por la alianza de su organización con otra, y tiene

Cuando dos partidos concurren aliados, si el elector o electora marca en los dos recuadros lógicamente el voto es válido, porque evidentemente quien sufraga así, lo hace entendiendo que está votando por la alianza de su organización con otra, y tiene razón.

Ahora bien, quienes naturalmente rayan en los dos recuadros es la militancia del partido que no personifica la alianza, regularmente el más pequeño. Difícilmente, muy difícilmente, la militancia del partido mayor marque el recuadro de la organización aliada, al contrario, equivocadamente muchas veces tienen una actitud de desprecio por el partido menor, el que muchas veces le garantiza el triunfo. Esa es la realidad.

En estos casos, en la asignación del voto con doble rayado, la Junta actúa con extrema injusticia, porque vía resolución, de manera privilegiada, le reconoce y asigna todos esos votos al partido que personifica la alianza. En ocasiones se ha argüido que “se emplea ese método para hacerlo más fácil, ahorrar tiempo y simplificar el escrutinio.”  Con intención o sin ella, la Constitución es violada y lo és la más mínima intención de transparencia. El asunto no es de poco más o menos tiempo, de lo que se trata es de proceder con igual rasero para todos, y no lo hacen.

Prueba al canto: La resolución No. 2/2010, sobre votos válidos y votos nulos, que normó en el proceso pasado, señala de manera arbitraria y sin reparo, lo siguiente: “Quinto, Párrafo 1: En el caso de que el marcado se produzca en la fotografía de un (a) candidato (a) Senador (a) y en la fotografía de un (a) mismo (a) candidato (a) a Diputado (a) en dos o más recuadros de partidos que concurren aliados o coaligados, el voto será válido y se computará a favor de aquel que personifica la alianza, aunque se computará también a favor del candidato (a) a Diputado (a) que fue preferido por el elector. Palabras sobran.

El caso de la adjudicación del voto con doble marcado en la boleta municipal, siempre es en beneficio del partido que personifica la alianza, ni siquiera lo toman en cuenta en la resolución, lo hacen de “oficio”.

Sin lugar a dudas que la mayoría del doble rayado lo ejerce la militancia del partido menor, pero la cantidad es subjetiva y por esa razón en cada proceso electoral hemos propuesto que se dividan en mitad y mitad, y los que tienen tres rayados se le adjudiquen al partido líder de la alianza. Al final, como al principio, siempre son beneficiados.

Las consecuencias más tangibles del aberrante procedimiento tienen efectos desbastadores: Reduce la cantidad de votos hacia el partido menor, poniendo en riesgo su reconocimiento, y estraga los recursos que con todo derecho recibe del Estado.

Dos derivaciones son que la militancia de esos partidos y la ciudadanía perciben que no “crecen, que se estancan” y la otra es que con menos recursos se reduce la posibilidad de desplegar su trabajo de promoción y captación, así de sencillo. Parecería que la intención ulterior es inducir al cerrado camino del bipartidismo.

Este estereotipo se reproduce de manera recurrente en otros casos que conviene desentrañar, y trataremos de hacerlo.

El autor es delegado del PRSC en la JCE
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