A propósito de la celebración el pasado 29 de marzo de la Segunda Jornada de Actualización del Derecho organizada por el Espacio de Reflexión para el Empoderamiento Social en la República Dominicana (ERES-RD) en el Hotel Embajador, con interesantes paneles y conferencias en materia constitucional, exportación e inversión, derecho inmobiliario, laboral, tributario, penal, bancario, responsabilidad civil, en fin, sobre las principales novedades legislativas y jurisprudenciales en el país y cuya magnifica puesta en escena aplaudimos, nos surge la pregunta de si estamos en medio de una auténtica revolución o renovación legislativa.

Como un fenómeno que se puede apreciar en múltiples áreas del derecho se pueden ver modificaciones legislativas de gran trascendencia para el ordenamiento jurídico dominicano, una gran parte impulsadas por la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo que, de alguna forma u otra, se encarga de llevar los temas al debate público aun con anterioridad a que se presenten los proyectos al Congreso, como una forma de que los actores puedan opinar y enriquecer las propuestas del Ejecutivo.

El Congreso de la República no se ha quedado fuera de estas iniciativas, externando invitaciones a los sectores a participar y compartir ideas ante las distintas comisiones legislativas, así como solicitudes formales de opinión a universidades y asociaciones, experiencias en las que hemos participado a través de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (Pucmm), que siempre se ha comprometido con la firme intención de contribuir al fortalecimiento del Estado Social y Democrático de Derecho.

La revolución o renovación legislativa por la que atraviesa la República Dominicana es, quizás, comparable a lo que sucedió en el país antes de la entrada en vigencia del DR-CAFTA y en el cuatrienio 2000-2004, con la promulgación de la leyes de seguridad social, general de salud, propiedad industrial, derecho de autor, lavado de activos, mercado de valores, los códigos procesal penal y monitoreo financiero, entre otras tantas piezas de vital importancia.

Importantes renovaciones como la Ley número 2-23, sobre recurso de casación, a la que ya nos hemos referido en entregas anteriores, a propósito del novedoso “interés casacional”, la Ley número 339-22, que habilita y regula el uso de medios digitales a los procesos judiciales, la Ley número 4-23, orgánica de los actos del estado civil, así como importantes proyectos que cursan en las cámaras legislativas como el proyecto para modificar el título I del Código Tributario, el proyecto de la jurisdicción contenciosa administrativa, el proyecto de creación de un Ministerio de Justicia, el proyecto de ley orgánica sobre derechos de participación ciudadana y sus dispositivos de control social, el proyecto de ley orgánica para regular el derecho a la intimidad, buen nombre y propia imagen, y un largo etcétera.

Mención aparte merece la tan esperada reforma al Código Penal, cuya sola aprobación, a mi juicio, significaría todo un cambio copernicano en el derecho dominicano, pero no nos creemos tantas expectativas, como dicen “no te preñes de ilusiones porque parirás desengaños”.

Esta renovación obliga a que los operadores jurídicos volvamos a las aulas a estudiar nuevas figuras y mecanismos, o más bien, nos mantengamos en ellas, pues esta profesión implica la necesidad constante de estudio y actualización.

Que la revolución o renovación legislativa sirva de estimulo para cumplir con el mandato constitucional y completar el catalogo de leyes pendientes y así reducir las omisiones constitucionales en las que ha incurrido el Congreso. Y que se haga acompañar de la decisión de aplicar y ejecutar estas piezas, pues de nada vale contar con ellas si su aplicación y el régimen de consecuencias sigue siendo ineficiente o inexistente.

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