La recién aprobada Ley que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) ha provocado lluvias de críticas y el rechazo de sectores del país así como de líderes de opinión.

La pieza es considerada por Estos como violatoria de la Constitución, en especial por sus artículos 9, 11 y 26, los cuales afectarían la libertad de prensa y los derechos a la privacidad y al secreto profesional.

Entre quienes se pronunciaron en ese sentido se destaca la Sociedad Dominicana de Diarios (SDD); el obispo de la Diócesis de La Altagracia, monseñor Jesús Castro Marte; y Naseff Perdomo, especialista en Derecho Constitucional.

Contrario a ellos, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, defiende la legislación, la cual está a la espera de ser promulgada u observada por el Poder Ejecutivo. La pieza fue declarada de urgencia y convertida en ley en la sesión de la Cámara Alta del 10 de enero de 2024.

En contra

El periódico Hoy le dedicó a la referida normativa su editorial de ayer, titulado: “Ambigüedades de una ley que podría exceder límites”.

En referencia a los artículos 9, 11 y 26 de la ley en cuestión, destaca que en ellos hay “una discrecionalidad que preocupa a la Sociedad Dominicana de Diarios, porque expondría a sus afiliados a ineludibles obligaciones de suministrar informaciones ilimitadamente, aun aquellas (si así lo prefiere el investigador) que pertenezcan con legitimidad jurídica a inviolables ámbitos personales o empresariales”.

Advierte que la creación por ley de la Dirección Nacional de Inteligencia incluye en los mencionados artículos alcances investigativos que quedan abiertos a la interpretación “de cualquier autoridad que se proponga aplicarlos”.

“Bastaría que los actuantes de un cuerpo de inteligencia presuman que tras las paredes de sedes periodísticas o domiciliarias de cualquier ciudadano existirían situaciones, objetivas o no, que afectarían la seguridad nacional para pasar raudamente sobre esos límites”, alerta el medio impreso.

Se recuerda que la SDD citó esos tres artículos y advirtió de sus posibles impactos en derechos fundamentales.

Preocupado al respecto, Castro Marte hizo un llamado a no ignorar lo que manifiesta la Sociedad Dominicana de Diarios en relación con la controversial pieza. “Hay que poner atención al caso. No podemos retroceder en conquistas ya logradas”, escribió en su cuenta de X.

De igual modo, Nassef Perdomo afirmó ayer, mediante un artículo de opinión en el periódico El Día, que la lectura del artículo 11 de la Ley “despierta preocupación”.

Dicho artículo obliga a “todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas, sin perjuicio de las formalidades legales para la protección y garantía del derecho a la intimidad y el honor personal” a entregarle a la DNI todas las informaciones que requiera sobre las cuales se tengan datos o conocimientos en asuntos que puedan afectar la seguridad nacional.

En ese sentido, Perdomo se quejó de que la ley contenga todo esto sin establecer con claridad la obligación de la DNI “de obtener una orden judicial que la autorice para ello, y mencionando casi de pasada el respeto al derecho a la intimidad”. “Es decir, que la ley abre la puerta para que la DNI se considere con el derecho de exigir a los ciudadanos dominicanos convertirse en informantes sobre los demás, bajo amenaza de prisión”, lamentó al referir también el artículo 26, que establece sanciones.

Dice libertad de prensa no está ni estará en juego

El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, explicó que la libertad de prensa no está “en juego” en el país y garantizó que jamás lo estará. Exhortó a quienes se preocupan al respecto a no tener ningún tipo de temor. “La democracia que tenemos ha costado bastante, y usted sabe que todos nosotros estamos dispuestos a defender los niveles democráticos que tenemos en todos los niveles”, sostuvo al ser preguntado por periodistas sobre la controversial ley. En referencia al artículo 26 de la norma, que establece sanciones para quienes oculten informaciones requeridas por la DNI “sobre las cuales se tengan datos o conocimiento” relativos a las atribuciones consignadas en el artículo 9, el congresista cuestionó el que la gente demande creación de nuevas leyes, pero que, a la vez, ignore las sanciones que deben plasmarse para garantizar su cumplimiento. “Debe haber régimen de consecuencias en toda ley establecida para que se pueda cumplir, si verdaderamente queremos apostar a una mejor sociedad”, puntualizó. El artículo 26 también establece que será sancionado con prisión menor de dos a tres años y multa de nueve a 15 salarios mínimos del sector público a quien “oculte” las informaciones que requiera la DNI.

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