Artículo: Abogados. No pierdan su tiempo

Igual mandato contiene el artículo 24 de la Ley 138-11, que crea el Consejo Nacional de la Magistratura.

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Por: Julio Anibal Suarez

Según la información de los matutinos, 90 profesionales del Derecho presentaron su curricula ante el Consejo Nacional de la Magistratura, en apoyo a sus aspiraciones de ser Jueces de la Suprema Corte de Justicia.

La mayoría de esos profesionales no pertenece al Sistema de Carrera Judicial, por lo que la posibilidad de su escogencia está limitada por la cantidad que se requiere para cubrir la cuota que la Constitución de la República permite a los abogados, académicos y miembros del Ministerio Público, para conformar ese Supremo Tribunal.

El artículo 180 de la Constitución de la República. Precisa que “El Consejo Nacional de la Magistratura al conformar la SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, deberá seleccionar las tres cuartas partes de sus miembros de jueces que pertenezcan al sistema de carrera Judicial y la cuarta parte restante los escogerá de profesionales del derecho, académicos o miembros del Ministerio Público”.

Igual mandato contiene el artículo 24 de la Ley 138-11, que crea el Consejo Nacional de la Magistratura.

Siendo 17 la cantidad de jueces que conforman la Suprema Corte de Justicia, el número de éstos que provienen del Sistema de la Carrera Judicial, asciende a 13, (las tres cuartas partes de 17 es 12.75, pero como no es posible dividir a una persona en 4 trozos, procede convertir la fracción en un entero). Consecuencialmente en la Suprema Corte de Justicia no puede existir mas de 4 jueces que provengan del ejercicio, la academia o el ministerio público.

En la actualidad la Suprema Corte de Justicia está integrada por 8 magistrados que provienen del Sistema de la Carrera Judicial, los cuales son: Justiniano Montero Montero, Samuel Arzeno Arias, Francisco Antonio Ortega Polanco, Edyson Francisco Alarcón Polanco, Miguelina Ureña Núñez Anselmo Alejandro, Rafael Vásquez Goico y Manuel Aurelio Hernández, los cuales no serán removidos.

Además por 3 magistrados que provienen del ejercicio, la academia y el ministerio Público. Estos son: Frank Euclides Soto Sánchez, Namphi Rodríguez López y Yorlin Vásquez Castro, quienes también se mantendrán en sus funciones.

De suerte, que para cumplirse la cuota de personas que no pertenecen al Sistema de la Carrera Judicial y para que el Consejo Nacional de la Magistratura no incurra en violación al artículo 180 de la Constitución, solo puede designar a una persona que no provenga de ese sistema.

Pero que nadie se ilusione con esa vacante. Todo el mundo sabe que la misma será cubierta por el próximo presidente de la Suprema Corte de Justicia y si Ud. No sabe quién es, simplemente cerciórese con los debates que en torno a esa designación se ha producido en todos los medios informativos del país.

Así, que si Ud. No pertenece al Sistema de la Carrera Judicial, retire su expediente y no se presente a la evaluación, para que no se frustre y pierda su tiempo.

Una vieja canción dice: “No hay cama pa¨tanta gente. Aqui es peor, no hay ninguna cama.

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