Renovar los fundamentos de la protección integral de la niñez y la adolescencia

Félix Tena de Sosa
Génesis Bello Taveras+

Especial para elCaribe
La revisión del Libro Primero de la Ley 136-03, Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, ha partido de la convicción de que las disposiciones generales, principios rectores y derechos fundamentales que sostienen el Sistema necesitan ser fortalecidos a la luz de las transformaciones de la sociedad dominicana, los desarrollos constitucionales y la evolución de los estándares internacionales.

La propuesta parte de la primacía de la familia como espacio esencial para proteger a los niños, las niñas y adolescentes. El Estado y la sociedad están llamados a fortalecer las capacidades familiares y asumir funciones de apoyo cuando la familia no pueda ejercer plenamente sus responsabilidades. Esto conecta directamente con el principio de subsidiariedad del Estado, el derecho a la vida familiar y la protección de la familia como auténtica garantía institucional.

El interés superior del niño ha sido objeto de una revisión para visualizar su triple dimensión como derecho, principio interpretativo y norma de procedimiento, ampliando los criterios de valoración para favorecer una aplicación más rigurosa por parte de las autoridades. La prioridad absoluta es enriquecida como estándar normativo prioritario para la formulación, ejecución y evaluación de las políticas públicas en materia de niñez y adolescencia.

Se incorporan los principios de armonización y favorabilidad. La armonización opera como criterio primario para procurar el equilibrio entre intereses contrapuestos y, cuando no se puede armonizar, la favorabilidad actúa como criterio segundario para inclinar la balanza conforme el interés superior del niño. La dignidad y la libertad son configuradas de manera explícita, reforzadas por la igualdad y no discriminación, así como por la accesibilidad e inclusión plena que promueve la discriminación positiva para proteger a los niños, las niñas y adolescentes con condiciones especiales.

Los principios de progresividad y no regresividad establecen una brújula clara: los estándares de protección deben mejorarse continuamente y los avances no pueden ser retrotraídos. Cualquier eventual regresividad debería ser temporal, limitada y justificada. El principio de evolución de facultades reconoce el sustrato biológico del desarrollo humano, pero se ejerce bajo la orientación, dirección y supervisión de padres, madres o responsables, reforzando la responsabilidad parental en lugar de suprimirla.

Dos principios de carácter técnico completan el entramado conceptual. La protección integral opera como un principio de totalidad que articula todos los principios para asegurar la protección general más idónea al interés superior de cada niño, niña y adolescente. La gestión integral de casos procura que el Sistema de Protección Integral pueda actuar de manera articulada y eficiente conforme a las exigencias modernas de la interoperabilidad administrativa y tecnológica.

Un aspecto novedoso y significativo es la estructuración de un decálogo de deberes que va desde el respeto a los padres y las madres, la asistencia a la escuela y el compromiso educativo, hasta el cuidado del entorno, la participación solidaria en la comunidad y el respeto a los símbolos patrios. Los deberes tienen una función pedagógica y no sancionadora, orientada a crear las bases morales de la responsabilidad personal.

Un esfuerzo importante ha sido compaginar el catálogo de derechos fundamentales con el marco constitucional e internacional. El derecho a un entorno digital seguro aparece aquí como el desarrollo más novedoso para impulsar la prevención de la violencia digital, la educación para el uso responsable, la protección de datos personales y la creación de mecanismos de corresponsabilidad familiar y escolar en la gestión de los espacios virtuales.

El reconocimiento de un catálogo ampliado de derechos fundamentales resulta insuficiente si no se crean condiciones específicas para asegurar su ejercicio efectivo. Las garantías operan como una infraestructura normativa que conversa con las normativas especializadas, desde la salud y la educación hasta los ámbitos culturales, deportivos y laborales. Esto supone que el Código se mantiene abierto a la legislación sectorial para asegurar la protección integral de la niñez y la adolescencia.

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