César García Lucas
Secretario General de la Suprema Corte de Justicia
La historia de la justicia ha estado tradicionalmente vinculada a la solemnidad de los espacios físicos, al expediente en papel y a la presencialidad como regla casi absoluta. Sin embargo, la evolución tecnológica ha demostrado que el servicio de justicia no es un lugar, sino una función social que puede —y debe— adaptarse a los medios de su tiempo. Las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) representan hoy una de las mayores oportunidades para transformar la administración judicial en un sistema más accesible, eficiente y transparente, tal como se evidencia en los avances recientes descritos en experiencias institucionales del Poder Judicial dominicano; muestra de ello lo es la ley núm. 339-22, -iniciativa legislativa del Pleno de la Suprema Corte de Justicia- promulgada en julio de 2022, que habilita y regula el uso de medios digitales en los procesos judiciales y procedimientos administrativos del Poder Judicial, así como también la ley núm. 2-23 sobre recurso de casación, que asume como piedra angular del proceso la utilización de medios digitales.
Las TIC no sustituyen la esencia de la justicia; la potencian. Permiten acortar distancias geográficas, reducir tiempos procesales y disminuir costos de acceso para los ciudadanos. La firma digital, las audiencias virtuales, así como los portales judiciales no son simples innovaciones técnicas, sino instrumentos que redefinen la relación entre el Estado y las personas, que trasladan el énfasis desde la burocracia hacia el servicio. En los discursos pronunciados por el juez presidente de la Suprema Corte de Justicia, Henry Molina, cada 7 de enero -Día del Poder Judicial- se han citado ejemplos concretos de avance hacia la transformación de la justicia: la publicación en línea de tableros de gestión con estadísticas abiertas al público, la habilitación de canales digitales de atención a usuarios y la disponibilidad gratuita de información institucional en tiempo real, como lo fue recientemente el lanzamiento de justicia.gob.do, constituyen manifestaciones de una justicia más cercana y verificable.
Una de las mayores virtudes de la incorporación tecnológica es, precisamente, la visibilidad de la gestión. Los sistemas de gestión de casos y los paneles de datos abiertos introducen una cultura institucional basada en la medición permanente y en la exposición clara de resultados. La información deja de ser patrimonio exclusivo de los operadores y pasa a convertirse en un derecho de las personas.
La oportunidad tecnológica también exige responsabilidad institucional. La digitalización no puede confundirse con automatización irreflexiva. El desafío que abordamos es integrar herramientas inteligentes respetando garantías fundamentales como el debido proceso, la tutela judicial efectiva y la protección de datos personales. La tecnología sirve a la justicia, no condiciona su independencia ni su prudencia. La innovación, para ser legítima, se acompaña de criterio jurídico y sensibilidad humana.
Asimismo, las TIC abren un horizonte pedagógico para la formación jurídica. El profesional del derecho del siglo XXI necesita comprender el lenguaje digital con la misma solvencia con que domina la norma escrita. La alfabetización tecnológica se convierte así en un requisito ético y funcional para quienes administran justicia, pues la comprensión de plataformas, algoritmos y sistemas de información ya no es una ventaja competitiva, sino una necesidad estructural.
En definitiva, las TIC ofrecen a la justicia una oportunidad histórica: evolucionar sin perder su esencia. No se trata de abandonar la tradición, sino de dotarla de nuevas herramientas que permitan cumplir mejor su propósito. Una justicia apoyada en la tecnología es, potencialmente, una justicia más humana, porque acerca el derecho a la vida cotidiana de las personas y reafirma que su finalidad última no es el expediente, sino la dignidad de quien acude a ella.
