La participación ciudadana constituye un elemento esencial para mejorar la calidad de la democracia y la institucionalidad, esta tiene una doble dimensión, ya que ha sido configurada en la Constitución como derecho, y como un deber. En ese orden, en el artículo 75.12 se establece el deber de los ciudadanos de: “Velar por el fortalecimiento y la calidad de la democracia, el respeto del patrimonio público y el ejercicio transparente de la función pública”.

De igual manera, en el artículo 208 de la Ley Sustantiva se establece que:

Es un derecho y un deber de ciudadanos el ejercicio del sufragio para elegir a las autoridades de gobierno y para participar en referendos. El voto es personal, libre, directo y secreto. Nadie puede ser obligado o coaccionado, bajo ningún pretexto, en el ejercicio de su derecho al sufragio ni a revelar su voto.

En ese mismo orden, en el artículo 210 se establece que: “Las consultas populares mediante referendo estarán reguladas por una ley que determinará todo lo relativo a su celebración”.

En los casos en que la reforma a la Constitución se refiera a temas de derechos y garantías, para su modificación se requerirá el referendo aprobatorio, esta figura esta consignada en el artículo 272, describiendo que:

Cuando la reforma verse sobre derechos, garantías fundamentales y deberes, el ordenamiento territorial y municipal, el régimen de nacionalidad, ciudadanía y extranjería, el régimen de la moneda, y sobre los procedimientos de reforma instituidos en esta Constitución, requerirá de la ratificación de la mayoría de los ciudadanos y ciudadanas con derecho electoral, en referendo aprobatorio convocado al efecto por la Junta Central Electoral, una vez votada y aprobada por la Asamblea Nacional Revisora.

En conclusión, la participación ciudadana tiene una doble dimensión, por un lado, está configurada en el ordenamiento jurídico dominicano, como un derecho fundamental, y también como un deber ciudadano. En ese sentido, todos debemos aportar para mejorar la calidad de la democracia y la institucionalidad.
Esto implica, pasar de una democracia representativa a una participativa. En este contexto, exhortamos al Congreso Nacional, reintroducir en la presente legislatura “Ley orgánica sobre derechos de participación ciudadana y mecanismos de control social”. En ese sentido, en este anteproyecto, se contemplan tres (3) modalidades de participación; entre los cuales están: mecanismos directos de participación ciudadana, mecanismos directos de participación social, y mecanismos de participación y control ciudadano.

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